El presunto secuestro extorsivo de un abogado ocurrido en Quito mantiene a Mónica Esthela C. P. con prisión preventiva, mientras que su hija adolescente enfrenta un proceso en la jurisdicción especializada con prohibición de salida del país y presentaciones periódicas semanales. La decisión fue adoptada durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, tras el operativo que permitió liberar a la víctima.
Según expuso la Fiscalía, el abogado fue privado de su libertad el 4 de julio de 2026, luego de ser contactado por una persona que simuló requerir sus servicios profesionales para un supuesto juicio de alimentos. Al acudir al lugar acordado, habría sido obligado por varias personas a ingresar a un vehículo.
De acuerdo con la investigación preliminar, la víctima fue trasladada a un inmueble ubicado en el sector de San Roque, en el centro de Quito, donde permaneció retenida, maniatada y golpeada, mientras sus captores restringían su libertad.
Investigación y rescate de la víctima
La Fiscalía indicó que, tras el presunto secuestro, la hermana del abogado comenzó a recibir mensajes enviados desde el teléfono celular de la víctima. En ellos se exigía el pago de 7.000 dólares como condición para su liberación.
Luego de presentada la denuncia, agentes de la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Unase) de la Policía Nacional emplearon herramientas tecnológicas para ubicar el lugar donde permanecía el teléfono del abogado. El operativo fue ejecutado la noche del 4 de julio de 2026, logrando el rescate de la víctima, quien presentaba huellas de maltrato físico.
Durante la audiencia, la Fiscal presentó varios elementos de convicción, entre ellos la pericia psicológica, la denuncia y versión del afectado, la declaración del agente aprehensor, el formulario de cadena de custodia y el examen médico-legal practicado al abogado.
Medidas judiciales y base legal
La Jueza de Garantías Penales acogió el pedido de la Fiscalía y ordenó la prisión preventiva para Mónica Esthela C. P. Además, concedió a la víctima las medidas de protección previstas en el artículo 558, numerales 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que prohíben a la procesada acercarse al denunciante o ejercer actos de persecución o intimidación.
En cuanto a la adolescente, la Fiscalía informó que su caso es tramitado por una Fiscal de la Unidad de Justicia Juvenil, conforme a la legislación ecuatoriana aplicable a menores de edad.
El proceso se investiga por el presunto delito de secuestro extorsivo, tipificado en el artículo 162, numeral 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), normativa que sanciona este tipo de conductas cuando la privación ilegal de libertad tiene como finalidad obtener un beneficio económico.
