La gestión de la fiscalización pública en el país enfrenta cuestionamientos técnicos debido a la baja tasa de efectividad penal y civil de sus auditorías. Abogados penalistas y especialistas en derecho público señalaron este mes en espacios informativos que, pese a las reformas a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (LOCGE), los procesos presentan fallas metodológicas que dilatan los casos en la Fiscalía o provocan su nulidad en los tribunales de lo Contencioso Administrativo. El motivo principal radica en un diseño institucional enfocado en la persecución posterior del delito en lugar de la auditoría preventiva.

El embudo de los informes de control

La efectividad de la Contraloría General del Estado se mide en la capacidad de transformar los Indicios de Responsabilidad Penal (IRP) en sentencias en firme. Sin embargo, el sistema opera como un embudo donde ingresan cientos de exámenes especiales, pero el porcentaje que termina en la restitución del erario público o con los responsables en prisión es marginal. La impunidad se acentúa cuando se direccionan las investigaciones de forma selectiva.

"Se establecen responsabilidades y se investigan o se formulan cargos contra funcionarios públicos de nivel medio e inferior, y dejan de lado a funcionarios de alto rango (...) se evidencia y se advierte que se establecen responsabilidades o se formulan cargos a la carta, digámoslo así", advirtió la experta penalista.

Esta selectividad en los procesos judiciales genera una profunda desconfianza en el sistema, debilitando la estructura democrática. Cuando la acción de control penal o administrativo responde a coyunturas electorales o presiones del Ejecutivo, la fiscalización pierde su naturaleza técnica y se convierte en una herramienta de persecución o blindaje.

"El ejercicio del control en los municipios, en los GAD, debe ser continuo (...) pero el momento político en el que se toman estas medidas llama mucho la atención, por decir lo menos, porque se podría malinterpretar diciendo que se está queriendo dejar fuera de la contienda electoral a ciertos actores políticos", enfatizó la jurista.

Limitaciones de las cifras institucionales

A lo largo de diferentes periodos de gestión, el organismo de control ha priorizado la difusión de montos globales que no reflejan la recaudación real del Estado. A continuación, se detalla el comportamiento histórico y las variables financieras del sistema de fiscalización:

Variable de Control Dinámica Institucional Impacto Real
Glosa y Multa Administrativa Emisión de cifras millonarias en resoluciones escritas. Alta tasa de nulidad en el Tribunal Contencioso Administrativo.
Casos de Relevancia (Ej. PROGEN) Fiscalización de contratos de generación eléctrica por separado. Pérdida de conectividad procesal para identificar nexos globales.

La falta de resultados concretos genera una deuda social persistente. El diseño actual fomenta lo que la especialista denomina "vender humo al país con cifras exorbitantes" de responsabilidades civiles y administrativas, repitiendo esquemas de gestiones pasadas que carecen de sentencias ejecutoriadas o de una verdadera devolución de los recursos desviados al erario público.

La raíz del problema no se encuentra en la falta de textos legales o en la necesidad de reformar el Código Orgánico Integral Penal (COIP) o el Código Civil, dado que el marco normativo actual brinda las herramientas indispensables. Las deficiencias se concentran en la pérdida de la independencia de funciones y en la vulnerabilidad de los propios operadores de justicia frente a las amenazas del crimen organizado.

"No es un problema de normas ni de leyes, es un problema de la institucionalidad como tal, de la independencia y del profesionalismo con el que actúan o con el que le dejan actuar a los funcionarios públicos (...) hoy por hoy todo el mundo tiene miedo de hacer lo correcto, digámoslo así, porque se ve expuesto inclusive a que lo maten", puntualizó.

El giro hacia la auditoría preventiva

La reforma normativa a la LOCGE incorporó la figura del control concurrente, permitiendo que delegados de la máxima autoridad de control revisen la fase preparatoria de los procesos de compras públicas. Pese a contar con esta pauta legal, su aplicación no ha mitigado los perjuicios en contratos estratégicos o de emergencia.

La solución técnica planteada por los analistas no requiere de nuevas reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) o al Código Civil, sino de una reestructuración metodológica. En el caso específico del sector eléctrico, realizar exámenes individuales a subentidades en lugar de una auditoría global al Ministerio de Energía impidió mapear las redes de contratación a tiempo.

"El enfoque de esta auditoría estuvo mal planteado. No debió haberse hecho exámenes especiales por separado, sino un examen especial general al Ministerio de Energía para, desde ahí, lograr identificar todos los procesos de contratación (...) es mejor prevenir, asesorar o implementar recomendaciones establecidas en exámenes anteriores, a venir a ver perjuicios enormes con una casi nula posibilidad de recuperar esos valores", concluyó la especialista.