La Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional aprobó, con siete votos, el informe para segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica de Agilización Judicial para la Adopción. La decisión se tomó esta semana en Quito. La propuesta busca reducir los tiempos que enfrentan los niños, niñas y adolescentes para integrarse a una familia mediante nuevos plazos y cambios en los procedimientos judiciales y administrativos.

Google PreferredCanal de WhatsApp

La moción fue presentada por el asambleísta Edmundo Cerda, de Pachakutik. Ahora, el informe pasará a la Presidencia de la Asamblea Nacional para que el proyecto sea incluido en el orden del día del Pleno, donde se realizará el segundo debate antes de continuar con el trámite legislativo.

La presidenta de la Comisión, Diana Jácome, explicó el objetivo de la iniciativa. "La propuesta busca reducir el tiempo que niños, niñas y adolescentes esperan para integrarse a una familia", señaló durante la sesión.

Nuevos plazos para el proceso de adopción

El proyecto establece tiempos máximos para varias etapas del proceso de adopción en Ecuador. La intención es disminuir la duración de un trámite que actualmente puede extenderse por varios años.

Entre los principales cambios, la Unidad Técnica de Adopciones dispondrá de hasta 10 días para presentar sus informes luego de entrevistas y visitas domiciliarias. Además, el informe sobre la situación del niño, niña o adolescente deberá emitirse en un plazo máximo de 45 días desde la declaratoria de adoptabilidad.

La iniciativa también fija 45 días para resolver la idoneidad de las personas o familias interesadas en adoptar. El proceso de emparentamiento no podrá superar los 40 días desde la aceptación de la asignación. Después de concederse la adopción, el Registro Civil tendrá un máximo de tres días para realizar la inscripción ordenada por el juez. También se plantea el uso de expedientes digitales para agilizar el traslado entre las etapas judicial y administrativa.

Cambios en la declaratoria de adoptabilidad

El proyecto incorpora nuevas reglas para declarar la adoptabilidad de un niño, niña o adolescente. Entre los criterios que deberá valorar el juez constan la opinión del menor de edad según su madurez, sus necesidades personales, el entorno familiar y la capacidad emocional del cuidador.

Además, el texto dispone que el juez verifique la inexistencia de antecedentes de violencia física, psicológica, doméstica o económica, así como la capacidad para ofrecer un ambiente seguro y adecuado para el desarrollo integral del niño o adolescente.

La propuesta también establece que un mismo juez conozca todo el proceso relacionado con cada caso. Asimismo, incorpora plazos para actuaciones judiciales y administrativas e incluye sanciones por incumplimientos injustificados de esos tiempos.

Requisitos para adoptar y siguientes pasos

El proyecto mantiene la prioridad de la adopción nacional sobre la internacional. También establece que las parejas adoptantes deberán estar legalmente constituidas por personas de distinto sexo. A la vez, indica que las personas heterosexuales sin pareja podrán adoptar siempre que cumplan los requisitos previstos en la normativa.

Otro cambio incorpora tres nuevas causales para la privación de la patria potestad: actos contra la integridad sexual o reproductiva de los hijos; intervenciones médicas destinadas a modificar el sexo biológico del niño, niña o adolescente, salvo los tratamientos requeridos por personas con condiciones intersexuales; y el fracaso del proceso de reinserción familiar.

La reforma también ordena que el juez disponga la búsqueda de familiares hasta el tercer grado de consanguinidad antes de declarar la adoptabilidad. Cuando exista una medida judicial de protección, esa búsqueda comenzará desde la calificación de dicha medida.

La aprobación del informe en la Comisión no significa que la reforma ya esté vigente. El proyecto deberá ser debatido por el Pleno de la Asamblea Nacional. Si obtiene los votos necesarios, continuará el trámite legislativo correspondiente antes de una eventual entrada en vigor.