Cuando una persona muere en Ecuador, el dinero que mantiene en una cuenta bancaria no puede ser retirado libremente por cualquier familiar. Los valores permanecen en la entidad financiera hasta que los herederos o el cónyuge acrediten su derecho y cumplan los requisitos solicitados por el banco.

La base legal está en las normas de sucesión. El artículo 993 del Código Civil establece que se sucede a una persona fallecida a título universal o singular. Esto significa que sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles pasan a quienes tengan derecho sucesorio.

Cuándo se abre la sucesión

El artículo 997 del Código Civil dispone que la sucesión en los bienes de una persona se abre al momento de su muerte, en su último domicilio. Por eso, desde el fallecimiento se activa el proceso legal para determinar quiénes pueden reclamar bienes, cuentas, derechos o valores.

El artículo 996 del Código Civil diferencia entre herencias y legados. Las asignaciones a título universal se llaman herencias, y quien las recibe es heredero. Esta distinción es importante porque los bancos entregan fondos solo a quienes prueban legalmente su calidad de herederos o beneficiarios.

El banco no entrega dinero a cualquier familiar

Aunque un hijo, cónyuge o familiar conozca la cuenta, no puede retirar el dinero solo por tener parentesco. La entidad financiera debe verificar documentos, porque los fondos forman parte del patrimonio sucesorio.

Además, la información bancaria en Ecuador está protegida por sigilo y reserva. El artículo 355 del Código Orgánico Monetario y Financiero prohíbe divulgar información sometida a sigilo o reserva. Por eso, los bancos piden documentos que demuestren la calidad de heredero o representante legal antes de entregar saldos o permitir retiros.

Qué pide Banco Pichincha

Banco Pichincha señala que el trámite se realiza presencialmente en una agencia y solo puede ser gestionado por herederos legales. Para montos de hasta USD 1.500, se solicita partida de defunción del titular, carta firmada por todos los herederos para pedir el retiro de fondos y copias de los documentos de identificación.

Para montos superiores a USD 1.500, además de esos documentos, se requiere escritura de posesión efectiva y copia de la declaración del impuesto a la herencia con los comprobantes de pago de todos los herederos emitidos por el SRI.

¿Qué requisitos pide Banco Guayaquil?

Banco Guayaquil indica que el heredero o cónyuge debe solicitar la posesión efectiva de los valores del titular de la cuenta.

Si el monto es de hasta USD 500, se exige certificado de defunción, cédulas vigentes del heredero o cónyuge, carta o poder autorizado para que uno de ellos retire los valores y cierre la cuenta, y pago del impuesto a la herencia por cada heredero.

Si el monto es de USD 500,01 en adelante, se requiere escritura de posesión efectiva, cédulas vigentes, carta o poder autorizado y pago del impuesto a la herencia por cada heredero.

¿Qué es la posesión efectiva en Ecuador?

La posesión efectiva es el documento que permite acreditar quiénes son los herederos de una persona fallecida. Este trámite suele ser necesario cuando existen varios herederos o cuando el monto a retirar supera los límites fijados por la entidad financiera.

Con ese documento, el banco puede verificar quiénes tienen derecho sobre los fondos y si uno de los herederos está autorizado para retirar el dinero y cerrar la cuenta.

El dinero no se queda indefinidamente en el banco. La Disposición General Sexta del Código Orgánico Monetario y Financiero regula los pasivos y saldos inmovilizados. Esa disposición establece que los pasivos inmovilizados por más de cinco años, cuando el saldo sea de hasta el equivalente al 25 % de un salario básico unificado, o por más de diez años, cuando el saldo sea mayor, serán transferidos a la Cuenta Única del Tesoro Nacional.

Cuándo pasan al Estado

La transferencia ocurre cuando los valores no han sido reclamados por su beneficiario desde la fecha en que fueron exigibles. La misma disposición exceptúa los pasivos inmovilizados por disposición legal o judicial debidamente notificada a la entidad financiera. También señala que las entidades financieras no pueden pasar esos valores a utilidades propias, ni de forma directa ni mediante cuentas provisionales. Es decir, el banco no puede apropiarse del dinero.

Los familiares deben identificar en qué banco tenía cuentas la persona fallecida y solicitar una certificación de saldos. Para eso, normalmente se pide certificado o partida de defunción, cédulas, carta firmada por herederos y documentos que prueben la calidad sucesoria. Los familiares deben reunir los requisitos de retiro según el monto. En algunos casos basta una solicitud firmada por todos los herederos; en otros, es necesaria la posesión efectiva y la declaración del impuesto a la herencia.

El dinero de una persona fallecida sigue perteneciendo a su patrimonio y debe ser entregado a quienes acrediten derecho como herederos o beneficiarios. Si nadie lo reclama durante los plazos establecidos por la ley, los saldos inmovilizados pasan a la Cuenta Única del Tesoro Nacional de Ecuador .