Con 87 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó el martes 9 de junio de 2026 una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) destinada a prevenir y sancionar el uso ilícito de uniformes, insignias y distintivos de instituciones de seguridad del Estado. La normativa busca enfrentar una modalidad utilizada por grupos delictivos que simulan operativos oficiales mediante la utilización de prendas y elementos de identificación de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
La decisión legislativa se adoptó durante el segundo debate de la Ley Orgánica Reformatoria para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo de Uniformes, Insignias y Distintivos Institucionales, una iniciativa orientada a fortalecer la seguridad pública y reducir los riesgos derivados de la suplantación de autoridad.
Reforma responde a una problemática de seguridad
Según el informe elaborado por la Comisión de Seguridad Integral, la reforma surge ante el incremento de casos en los que organizaciones criminales utilizan vestimenta similar o idéntica a la de entidades estatales para ejecutar acciones ilícitas, generar confusión entre los ciudadanos o facilitar la comisión de delitos.
Durante el debate legislativo se destacó que la nueva normativa incorpora mecanismos penales, administrativos y preventivos para controlar la fabricación, comercialización y utilización de estos elementos. Además, busca fortalecer la trazabilidad de uniformes e insignias vinculados a organismos de seguridad.
Nuevas sanciones contempladas en el COIP
La reforma incorpora cambios al régimen sancionatorio vigente y establece penas diferenciadas de acuerdo con la gravedad de la conducta. Entre las disposiciones aprobadas figura la tipificación específica del uso no autorizado de uniformes pertenecientes a instituciones reguladas por el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (Coescop), así como de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
Las sanciones previstas oscilan entre uno y tres años de prisión para quienes porten indebidamente estos elementos. Cuando el uso tenga como finalidad simular controles, operativos o procedimientos oficiales, la pena podrá aumentar de tres a cinco años. En los casos que involucren insignias o distintivos de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, las condenas podrán llegar hasta siete años de privación de libertad.
Controles a la fabricación y comercialización
La legislación también establece sanciones para quienes fabriquen, distribuyan o comercialicen ilegalmente uniformes y distintivos institucionales. Dependiendo de la participación y gravedad de los hechos, las penas previstas van de uno a siete años de cárcel.
Asimismo, las empresas de seguridad privada deberán implementar mecanismos más estrictos para el control, entrega y devolución de uniformes utilizados por su personal. La norma también prohíbe expresamente el uso de prendas o distintivos que puedan generar confusión con los empleados por organismos estatales de seguridad.
Con esta reforma, el Legislativo incorpora nuevas herramientas legales para combatir la suplantación de identidad institucional y fortalecer los mecanismos de protección de la seguridad pública en Ecuador.