El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) suspendió provisionalmente al movimiento Amigo por nueve meses, luego de admitir a trámite una denuncia presentada por la Fiscalía General del Estado. La decisión consta en el auto de admisión de la causa Nro. 110-2026-TCE, emitido el 17 de julio de 2026 por el despacho del juez electoral Juan Patricio Maldonado Benítez.

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Según el documento, el fiscal general del Estado encargado, Carlos Leonardo Alarcón Argudo, puso en conocimiento del TCE la existencia de una investigación previa identificada con el número 170101826072291. Esa investigación se sigue contra el Movimiento Amigo, Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades, y sus directivos, por el presunto delito de lavado de activos.

Qué verificó el TCE

El TCE fundamentó su decisión en el artículo 374 numeral 3 del Código de la Democracia. Esa norma permite activar una medida contra una organización política cuando exista una investigación por lavado de activos que la involucre directamente y cuando haya un pedido del fiscal general.

En el auto, el Tribunal señala que en esta etapa no le corresponde resolver si existe o no responsabilidad penal. Lo que verificó fue la concurrencia de dos elementos: la existencia de una investigación fiscal y el pedido formal realizado por Fiscalía.

El documento precisa que la dirección de la investigación corresponde a la Fiscalía General del Estado y que el TCE interviene cuando esa institución activa el mecanismo previsto en la ley electoral. Por eso, la suspensión no constituye una sentencia penal ni una declaración definitiva sobre la responsabilidad del movimiento o de sus directivos.

Una medida provisional

La suspensión fue dictada por nueve meses sobre el registro permanente de organizaciones políticas que administra el Consejo Nacional Electoral (CNE).

El TCE también indicó que la medida puede ser revisada, pero sin exceder el plazo máximo de 24 meses previsto en el Código de la Democracia. Además, el auto dispone que el CNE ejecute la suspensión dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la resolución.

Cómo puede levantarse

El propio documento establece las vías para levantar la medida. La suspensión podrá quedar sin efecto si la Fiscalía comunica formalmente el retiro del pedido o informa que ya no sostiene la solicitud presentada ante el TCE.

También podría levantarse si se acredita que la investigación fiscal concluyó, fue archivada o cesó por decisión fiscal o judicial competente.

Mientras la suspensión siga vigente, la Fiscalía deberá informar al TCE sobre el estado de la investigación cada 30 días, o antes si existe una novedad sustancial sobre el caso.

Proceso reservado

El auto también hace referencia al carácter reservado de la investigación previa. Por esa razón, el TCE señala que, mientras se mantenga esa reserva, se suspenden los tiempos procesales de la causa.

Una vez que se supere el carácter reservado de la investigación, el Tribunal podrá reanudar la tramitación, dar paso a la contestación de cargos y convocar a la audiencia correspondiente. El documento plantea esa condición como una garantía del derecho a la defensa de la organización política denunciada.

Impacto en Revolución Ciudadana

La decisión tiene un efecto político inmediato porque el movimiento Amigo era una de las opciones consideradas por Revolución Ciudadana para auspiciar a sus candidatos en las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026.

Tras la suspensión de su propio casillero electoral, Revolución Ciudadana buscaba que sus postulantes pudieran inscribirse cobijados por Amigo, lista 16. Con la suspensión provisional dictada por el TCE, esa posibilidad queda bloqueada mientras la medida siga vigente o hasta que exista una decisión que la levante.

Escenario abierto

El caso no está cerrado. La suspensión depende de la evolución de la investigación fiscal y de si Fiscalía mantiene o retira el pedido que originó la medida. Por ahora, el TCE sostiene que la suspensión se basa en el presupuesto legal previsto en el Código de la Democracia: una investigación por presunto lavado de activos que involucra directamente a una organización política y una solicitud formal de Fiscalía.

En términos electorales, la consecuencia principal es que Amigo queda temporalmente fuera del registro habilitado para operar con normalidad ante el CNE, lo que complica la estrategia de inscripción de candidaturas de Revolución Ciudadana para los comicios seccionales.