El nuevo decreto presidencial sobre vivienda no significa que el Gobierno entregará casas gratis en Ecuador a los ciudadanos que quieran comprar una propiedad. Lo que sí hace la reforma es actualizar los valores máximos de las viviendas de interés social y ampliar el monto del subsidio parcial para un segmento de beneficiarios. Es decir, fortalece los programas de acceso a vivienda, pero no convierte toda compra de casa en una entrega gratuita.
La entrega de soluciones habitacionales sin pago del beneficiario existe, pero bajo condiciones específicas. Ese esquema corresponde al subsidio total del Estado y también se relaciona con programas como Casa 100, dirigido a familias en pobreza, pobreza extrema o afectadas por emergencias.
El Decreto Ejecutivo 441 fue suscrito por el presidente Daniel Noboa el 3 de julio de 2026. La norma reforma el Reglamento de Viviendas de Interés Social e Interés Público, con el objetivo de actualizar montos frente al aumento de costos de construcción, materiales, mano de obra, transporte y urbanización.
Qué cambia con el decreto
El decreto reorganiza los segmentos de vivienda de interés social. El primer segmento corresponde a viviendas financiadas con subsidio total del Estado. Está dirigido a personas beneficiarias en situación de pobreza o vulnerabilidad, según criterios de elegibilidad y priorización definidos por el ente rector de hábitat y vivienda, con base en el Registro Social.
Dentro de ese segmento hay dos categorías. La vivienda construida en terreno propio podrá tener un valor de hasta 54 salarios básicos unificados. Con el salario básico de 2026, de USD 482, eso equivale a aproximadamente USD 26.028.
La vivienda construida en terreno estatal podrá tener un valor de hasta 74 salarios básicos unificados, es decir, cerca de USD 35.668. Ese monto incluye equipamiento urbano, áreas comunales y obras de urbanización.
Subsidio parcial sube hasta 21 salarios
El segundo segmento se enfoca en viviendas de interés social con subsidio parcial del Estado. En este caso, la vivienda puede complementarse con crédito hipotecario, tasa preferencial u otras fuentes de financiamiento elegidas por el beneficiario. El decreto establece que el subsidio parcial será un aporte económico de hasta 21 salarios básicos unificados. Con el valor vigente de 2026, esto equivale a USD 10.122.
Además, la persona beneficiaria podrá acceder a un crédito hipotecario con tasa de interés preferencial y plazo de hasta 30 años, siempre que cumpla los requisitos de las entidades financieras o de la economía popular y solidaria. Para este segundo segmento, el decreto fija que el valor de las viviendas podrá llegar hasta 135 salarios básicos unificados, incluidos parqueaderos y bodegas. Con el salario básico de 2026, ese techo equivale a unos USD 65.070.
¿Cuál es la finalidad del nuevo decreto?
Según las justificaciones del reciente decreto, este busca ajustar la política pública de vivienda social a los costos actuales del sector construcción y facilitar el acceso a soluciones habitacionales adecuadas, seguras y dignas. La norma también menciona la necesidad de incorporar criterios de sostenibilidad, adaptación climática, eficiencia energética y calidad habitacional.
En términos prácticos, la reforma busca que los proyectos de vivienda de interés social sigan siendo viables y que más familias puedan acceder a una casa propia mediante subsidios, crédito o apoyo total del Estado, según su situación socioeconómica.
¿Casa 100 otorga casas gratis?
Casa 100 es una iniciativa estatal distinta, aunque relacionada con la misma política de vivienda social. Este programa entrega casas gratis a familias en situación de pobreza o pobreza extrema, especialmente aquellas afectadas por emergencias. El objetivo, según el Gobierno de Ecuador, es garantizar el derecho a una vivienda digna.
Según la información oficial del Ministerio de Infraestructura y Transporte (MIT), que el subsidio sea del 100 % significa que el Estado cubre la totalidad del costo de la vivienda. Por eso, las familias beneficiarias no deben realizar pagos, créditos ni aportes económicos.
Similitudes y diferencias
La similitud entre el Decreto 441 y Casa 100 es que ambos forman parte de la política de vivienda de interés social y buscan atender a personas o familias con dificultades para acceder a vivienda propia. También comparten criterios de focalización, como el Registro Social, la condición de pobreza o vulnerabilidad, la necesidad de no haber recibido antes un subsidio habitacional similar y la atención a damnificados por emergencias.
La diferencia está en el alcance. El Decreto 441 actualiza reglas, valores máximos y subsidios para varios segmentos de vivienda social. Casa 100, en cambio, es un programa específico de subsidio total: está pensado para entregar viviendas gratuitas a familias que cumplen condiciones sociales y técnicas concretas.
Quiénes pueden acceder
Para Casa 100, que sí otorga casas gratis, pueden postular personas ecuatorianas o extranjeras con residencia permanente, familias dentro de la línea de pobreza o pobreza extrema según el Registro Social, y hogares que no hayan recibido previamente un subsidio de vivienda. Si la familia tiene terreno propio, debe demostrar propiedad legal, no tener otros bienes inmuebles registrados, contar con certificado del Registro de la Propiedad que indique que el predio no está en zona de riesgo y cumplir con el puntaje requerido del Registro Social.
Si la familia no tiene terreno, debe no ser propietaria ni poseedora de otro inmueble, cumplir con la línea de pobreza o pobreza extrema y presentar los certificados requeridos. En casos de emergencias o desastres naturales, Casa 100 contempla un acceso más ágil para damnificados, siempre que existan documentos que validen esa condición.
