Desde el 15 de julio hasta el 15 de agosto de 2026, todos los servidores y trabajadores del sector público en Ecuador deben presentar obligatoriamente su actualización periódica de la declaración patrimonial jurada.

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El trámite se realiza de forma digital a través del portal de la Contraloría General del Estado con el objetivo de transparentar los bienes de los funcionarios y dar cumplimiento al mandato constitucional de control gubernamental.

Pasos para realizar el trámite en línea

Para completar la actualización del patrimonio a través de la plataforma digital de la Contraloría General del Estado, el usuario debe seguir una secuencia estandarizada:

  • Acceso y autenticación: Ingresar a la sección «Servicios en Línea» del sitio web institucional. El usuario debe identificarse y, en caso de que la plataforma lo solicite, firmar digitalmente el Acuerdo de Uso de Medios Electrónicos.
  • Llenado del formulario: Iniciar el borrador digital seleccionando indispensablemente la casilla «Periódica» en el apartado «Tipo de declaración».
  • Consignación de datos: Completar los campos requeridos conforme a los registros financieros personales. En la casilla «Desde», se debe ingresar la fecha del primer nombramiento o contrato original en la entidad actual, no la de la última promoción.
  • Finalización y rectificación: Concluido el registro, el sistema emite la Constancia de Otorgamiento, la cual debe entregarse a la unidad de Talento Humano institucional. En caso de inconsistencias, existe un periodo para correcciones.
Parámetro Detalle operativo
Plazo ordinario de recepción 15 de julio al 15 de agosto de 2026 (1 mes)
Costo del trámite $0,00 (100% gratuito en línea)
Plazo para rectificación Máximo 10 días posteriores al envío
Público objetivo 100% de servidores y empleados públicos obligados

Requisitos especiales y controles adicionales

El procedimiento contempla disposiciones específicas para los servidores categorizados como Personas Expuestas Políticamente (PEP). Esta calificación aplica a funcionarios con cargos de alta responsabilidad o manejo de recursos públicos, conforme a lo estipulado en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos.

Las unidades de Talento Humano de cada entidad son las encargadas de notificar formalmente a los funcionarios catalogados como PEP. Este grupo de servidores debe adjuntar anexos informativos complementarios sobre sus activos y pasivos durante el proceso en línea para cumplir con las normativas de prevención de lavado de activos vigentes.

Marco legal, contexto y régimen sancionatorio

La obligación legal de la declaración patrimonial jurada se sustenta en el artículo 231 de la Constitución de la República del Ecuador, el cual exige a los servidores públicos declarar sus bienes al ingresar, periódicamente durante su gestión y al cesar en sus funciones. Esta medida busca monitorear la evolución del patrimonio de los empleados estatales para prevenir el enriquecimiento ilícito y fortalecer la transparencia institucional.

Según las normativas dictadas por el organismo de control, «el incumplimiento de esta obligación dentro de los plazos establecidos dará lugar a las sanciones administrativas y legales previstas en la normativa vigente». La omisión de la presentación o el registro deliberado de datos falsos derivan en expedientes disciplinarios llevados por la propia Contraloría.