Desde el 15 de julio hasta el 15 de agosto de 2026, todos los servidores y trabajadores del sector público en Ecuador deben presentar obligatoriamente su actualización periódica de la declaración patrimonial jurada.
El trámite se realiza de forma digital a través del portal de la Contraloría General del Estado con el objetivo de transparentar los bienes de los funcionarios y dar cumplimiento al mandato constitucional de control gubernamental.
Pasos para realizar el trámite en línea
Para completar la actualización del patrimonio a través de la plataforma digital de la Contraloría General del Estado, el usuario debe seguir una secuencia estandarizada:
- Acceso y autenticación: Ingresar a la sección «Servicios en Línea» del sitio web institucional. El usuario debe identificarse y, en caso de que la plataforma lo solicite, firmar digitalmente el Acuerdo de Uso de Medios Electrónicos.
- Llenado del formulario: Iniciar el borrador digital seleccionando indispensablemente la casilla «Periódica» en el apartado «Tipo de declaración».
- Consignación de datos: Completar los campos requeridos conforme a los registros financieros personales. En la casilla «Desde», se debe ingresar la fecha del primer nombramiento o contrato original en la entidad actual, no la de la última promoción.
- Finalización y rectificación: Concluido el registro, el sistema emite la Constancia de Otorgamiento, la cual debe entregarse a la unidad de Talento Humano institucional. En caso de inconsistencias, existe un periodo para correcciones.
| Parámetro | Detalle operativo |
|---|---|
| Plazo ordinario de recepción | 15 de julio al 15 de agosto de 2026 (1 mes) |
| Costo del trámite | $0,00 (100% gratuito en línea) |
| Plazo para rectificación | Máximo 10 días posteriores al envío |
| Público objetivo | 100% de servidores y empleados públicos obligados |
Requisitos especiales y controles adicionales
El procedimiento contempla disposiciones específicas para los servidores categorizados como Personas Expuestas Políticamente (PEP). Esta calificación aplica a funcionarios con cargos de alta responsabilidad o manejo de recursos públicos, conforme a lo estipulado en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos.
Las unidades de Talento Humano de cada entidad son las encargadas de notificar formalmente a los funcionarios catalogados como PEP. Este grupo de servidores debe adjuntar anexos informativos complementarios sobre sus activos y pasivos durante el proceso en línea para cumplir con las normativas de prevención de lavado de activos vigentes.
Marco legal, contexto y régimen sancionatorio
La obligación legal de la declaración patrimonial jurada se sustenta en el artículo 231 de la Constitución de la República del Ecuador, el cual exige a los servidores públicos declarar sus bienes al ingresar, periódicamente durante su gestión y al cesar en sus funciones. Esta medida busca monitorear la evolución del patrimonio de los empleados estatales para prevenir el enriquecimiento ilícito y fortalecer la transparencia institucional.
Según las normativas dictadas por el organismo de control, «el incumplimiento de esta obligación dentro de los plazos establecidos dará lugar a las sanciones administrativas y legales previstas en la normativa vigente». La omisión de la presentación o el registro deliberado de datos falsos derivan en expedientes disciplinarios llevados por la propia Contraloría.

